Gobierno Nacional expide el Decreto 0612 con medidas de orden público para la segunda vuelta presidencial

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0612 del 16 de junio de 2026, mediante el cual se dictan las disposiciones de orden público para garantizar el normal desarrollo de la segunda vuelta de las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República, programadas para el próximo domingo 21 de

junio. La normativa contempla regulaciones sobre consumo de alcohol,

restricciones fronterizas, uso de dispositivos tecnológicos y pautas para la propaganda electoral.

El decreto establece que la venta y consumo de bebidas embriagantes (ley seca) quedará restringida en todo el territorio nacional a partir de las 6:00 p. m. del sábado 20 de junio hasta las 12:00 p. m. del lunes 22 de junio de 2026. Los alcaldes y gobernadores quedan facultados para ampliar el horario de esta

restricción en sus respectivas jurisdicciones, previo concepto de los consejos de seguridad o comités de orden público locales.

Asimismo, se ordenó el cierre de los pasos terrestres y fluviales fronterizos del

país, medida que regirá desde las 6:00 p. m. del sábado 20 de junio hasta las 6:00

a. m. del lunes 22 de junio. La disposición exceptúa los tránsitos internacionales motivados por casos fortuitos o de fuerza mayor.

Durante la jornada de votación, fijada entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m., quedará prohibido el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video al interior de los recintos electorales. De esta limitación se desprenden las siguientes salvedades y regulaciones:

  • Identificación ciudadana: Se permitirá el uso exclusivo del teléfono celular para exhibir la cédula digital ante los jurados de votación.
  • Excepciones de uso: Los medios de comunicación debidamente acreditados, así como los funcionarios del Ministerio Público, organismos de control y la Fiscalía General de la Nación, podrán utilizar equipos de registro en el cumplimiento de sus funciones de vigilancia.
  • Testigos electorales: Podrán ingresar a los puestos desde las 7:00 a. m. portando su credencial física o digital y permanecer hasta la finalización de los escrutinios de mesa.

En cuanto a la actividad política, el decreto prohíbe la difusión de cualquier tipo de propaganda electoral, encuestas, sondeos o proyecciones el día de los comicios. La Policía Nacional estará facultada para incautar el material publicitario no autorizado. Adicionalmente, desde el 16 de junio y hasta el lunes 22 de junio, las reuniones políticas solo podrán efectuarse en recintos cerrados.

Finalmente, el decreto autoriza a los mandatarios locales a implementar medidas complementarias, tales como el toque de queda, siempre que las recomendaciones de los comités de orden público locales determinen riesgos potenciales de alteración de la seguridad.